| http://www.305miabogado.com |
¿En qué consiste la “Doctrina de la Emergencia Súbita”?
Por J. Suárez
Cuando un conductor se ve ante una emergencia súbita, no se le aplica la misma norma de cautela que de otro modo cabría esperar, pero tampoco queda exento de actuar en forma razonable y prudente.1 Una vez surgida la emergencia, el conductor no es negligente, siempre que haya tenido la debida precaución de evitar encontrarse en tal emergencia, y una vez surgida ésta, ejerce el cuidado que un conductor razonablemente prudente e idóneo aplicaría bajo circunstancias desusadas, cuestión que usualmente se deja al jurado.2
Scott v. City of Opa Locka - Antecedentes3
Una noche un hombre (J. Jackson) entró en una cantina y asaltó al gerente de la cantina. Durante el atraco, el gerente accionó un sistema silencioso de alarma al cuartel policíaco del acusado, el Municipio de Opa Locka.
El Cuartel de Policía avisó a los agentes J.T. y J.B. que estaban en las inmediaciones. En consecuencia los agentes se dirigieron a la cantina en sendos vehículos. El agente J.T. estacionó su carro patrullero junto a la orilla de la acera directamente frente a una de las puertas de la cantina mientras que el agente J.B. colocó su vehículo frente a la otra puerta de la cantina.
Al acercarse el agente J.T. a la puerta de la cantina, J. Jackson salió, rozando al agente J.T., quien le ordenó detenerse. J. Jackson, que llevaba una pistola en la mano, giró y disparó un tiro que hirió al agente J.T. Comenzó una balacera durante la cual el agente J.T. fue herido otra vez y por ello cayó al suelo.
Desde el suelo y sangrante, el agente J.T. disparó los cuatro tiros restantes contra Jackson, hiriéndolo, pero aun así éste logró correr y salir de la zona. Todo el incidente duró apenas algunos segundos.
Como resultado de este intercambio de disparos, una bala disparada por el revólver del agente J.T. hirió mortalmente a una víctima inocente (J. Scott) que estaba sentado en la cubierta del motor de un auto a unas 110 yardas al norte del agente J.T., quien declaró que no había visto a nadie en la calle en el rumbo en que Jackson huyó.
Con posterioridad la Sra. Scott, viuda sobreviviente de J. Scott, planteó una demanda por homicidio culposo contra el Municipio de Opa Locka y su asegurador contra responsabilidad civil, la National Indemnity Company. El caso pasó a un juicio por jurado, y el jurado otorgó veredicto favorable a los acusados, el Municipio de Opa Locka y su asegurador contra responsabilidad civil.
La apelación
Al apelar, la demandante Sra. Scott alegó error en dar al jurado la instrucción de “emergencia súbita”. Dicha instrucción al jurado decía en su parte pertinente:
Dos cuestiones de hecho deben ser respondidas por ustedes los del jurado: Una, si el acusado encaraba una situación de emergencia; y si actuó como un hombre razonable en tales circunstancias.
No está dentro de las atribuciones legales de un juez de primera instancia decidir sobre los hechos. Compete exclusivamente al jurado.
Toda emergencia es un acontecimiento súbito o inesperado o una mezcla de circunstancias que exigen acción inmediata; en una emergencia, el actor no tiene tiempo de pensar o está razonablemente tan perturbado o excitado, que no puede ponderar diversos modos de actuar y tiene que decidir con rapidez, basándose mayormente en impulsos o intuiciones; que la persona se haya visto en tal situación es algo que ustedes del jurado deben determinar.
Si ustedes concluyen que el agente no actuó como un agente policíaco razonable debe actuar bajo las circunstancias existentes, entonces ustedes deben fallar en favor del demandante. Si ustedes concluyen que el agente policíaco actuó como debe hacerlo un agente policíaco prudente, entonces deben ustedes fallar en favor del municipio acusado.4
Sobre la apelación, el Tribunal de Apelaciones del Tercer Distrito inició su análisis señalando que los “hechos requeridos para fundamentar una instrucción sobre la doctrina de emergencia súbita son
(1) que la alegada emergencia existió realmente o pareció existir;
(2) que la persona enfrentada a la situación peligrosa no la creó ni contribuyó a ella;
(3) que dicha persona podía recurrir a diversos modos de actuar para encarar la emergencia; y
(4) que la actuación o recurso escogido fue la que habría o pudiera haber decidido una persona de razonable prudencia en la misma situación o una semejante.” 5
El Tribunal de Apelaciones del Tercer Distrito concluyó que “sin duda” los hechos registrados en autos bastaban para llenar tales requisitos.6 El Tribunal de Apelaciones del Tercer Distrito no encontró error por parte del juez de primera instancia al instruir al jurado sobre la doctrina de emergencia súbita.7
Otro ejemplo - Wallace v. National Fisheries, Inc.8
En este caso, R.N. conducía hacia el norte a gran velocidad en una autovía de seis carriles. El vehículo de R.N. golpeó por detrás al vehículo de Wallace. Wallace se hallaba al volante. Tras el golpe trasero por el vehículo de R.N., el vehículo de Wallace cruzó la separación central cubierta de hierba entre los carriles norte y sur de la calzada y se interpuso de lleno en la trayectoria de Wright.
Wright venía conduciendo hacia el sur un camión de National Fisheries. Según Wright, él vio primero que el vehículo de Wallace cruzaba la separación a unos 300 pies de distancia y se acercaba a él en cierto ángulo desde la izquierda, mientras que Wright iba junto a un muro de concreto a su derecha. Cuando el vehículo de Wallace alcanzó el carril de Wright, menos que el largo de un auto separaba a los vehículos. El único testigo ocular, aparte de Wright, era la señora o señorita López. Al testificar ella confirmó que Wright golpeó a Wallace segundos después de que Wallace se detuvo. Wallace resultó muerto.
Aunque la testamentaría de Wallace demandó por negligencia a Wright, a National Fisheries y a R.N., Wright y National Fisheries pidieron una sentencia sumaria, alegando que la negligencia de R.N. fue la única causa inmediata del accidente. También arguyeron Wright y National Fisheries que, conforme a la doctrina de emergencia súbita, Wright no estaba en el deber de vigilar tal peligro inesperado desde una dirección de la cual no había por qué temer ninguno.
En respuesta la testamentaría de Wallace sostuvo que Wright tenía visión libre de Wallace y cinco a siete segundos para evitar el accidente. Además la testamentaría de Wallace declaró que Wright conducía a demasiada velocidad, la cual contribuyó al choque. Por último, la testamentaría de Wallace presentó declaración jurada de un perito con la conclusión de que Wright había estado conduciendo por encima del límite de velocidad, que Wright tuvo suficiente tiempo para ver que el vehículo de Wallace atravesaba la medianera y dos carriles de rumbo sur, y que el no mantener Wright la vista sobre la carretera debidamente ni hacer una maniobra evasiva, había sido la causa inmediata del accidente.
A pesar de esta declaración jurada, el tribunal de primera instancia pronunció sentencia sumaria favorable a Wright y National Fisheries, y en lo esencial desestimó la demanda.
La Apelación
El Tribunal de Apelaciones del Tercer Distrito de Florida comenzó su análisis resumiendo los cuatro hechos requeridos al considerar la aplicación de la doctrina de emergencia súbita.9 Además el tribunal declaró que “la presencia o ausencia de una situación de emergencia súbita es una cuestión de hecho que por lo común debe decidirla el jurado”, y “así también lo es la cuestión de si bajo las circunstancias el acusado reaccionó con prudencia ante la situación”.10
El Tribunal de Apelaciones del Tercer Distrito afirmó que Wright estaba en el deber de conducir con cuidado y evitar chocar contra otros conductores.11 Asimismo el tribunal se refirió a un caso de 1959 en el cual el Tribunal Supremo de Florida concluyó que el conductor de un automóvil, “un instrumento peligroso”, asume la responsabilidad de controlar su vehículo en todo momento, conforme a las circunstancias y el lugar, y mantener aguda vigilancia a fin de estar listo para actuar como lo exija una emergencia, dentro de lo sensato y con razonable cuidado y precaución.12
El Tribunal de Apelaciones del Tercer Distrito concluyó que el que Wright tuviera el tiempo, el espacio y la capacidad para evitar el accidente eran todas ellas cuestiones de hecho. El tribunal señaló que había testimonio de que por lo menos cuatro o cinco segundos mediaron entre el instante en que el auto de Wallace recibió el primer golpe y el momento en que se detuvo en el carril rumbo sur, y que se estimó que otros dos segundos pasaron desde que Wallace se detuvo y el momento en que Wright lo chocó.13 La policía no halló pruebas de que Wright hubiera intentado parar o desviarse.14
El Tribunal de Apelaciones del Tercer Distrito revocó la sentencia sumaria, fallando: “que el conductor del camión de pescado haya tenido ocasión de controlar su vehículo para evitar el impacto, o que haya tenido tiempo para apretar los frenos del camión y así atenuar la gravedad del golpe, son, conforme a nuestras normas comparativas de negligencia, cuestiones que un jurado debe resolver.”15
Citas:
1 Vantran Industries, Inc. v. Ryder Truck Rental, Inc., --- So.2d ----, 2006 WL 3698900, *1 (Fla. 1st DCA 2006) (ref. Dupree v. Pitts, 159 So.2d 904, 906-07 (Fla. 3d DCA 1964).
2 Vantran Industries, Inc. v. Ryder Truck Rental, Inc., supra (quoting Dupree v. Pitts, 159 So.2d at 906 (cita de Blashfield, Cyc. of Automobile Law & Practice, Sec. 668, pp. 538-45)) (se omiten las citas).
3 Esta es una relación de los hechos resumidos en Scott v. City of Opa Locka, 311 So.2d 825, 826 (Fla. 3rd DCA 1975).
4 Ver Scott v. City of Opa Locka, 311 So.2d en 826.
5 Ver Scott v. City of Opa Locka, 311 So.2d en 826 (citing Dupree v. Pitts, 159 So.2d 904 (Fla. 3rd DCA 1964).
6 Ver Scott v. City of Opa Locka, 311 So.2d en 827.
7 Id.
8 Esta es una relación de los hechos resumidos en Wallace v. National Fisheries, Inc., 768 So.2d 17 (Fla. 3d DCA 2000).
9 Los hechos requeridos para fundamentar una instrucción sobre la doctrina de emergencia súbita son
(1) que la alegada emergencia existió realmente o pareció existir;
(2) que la persona enfrentada a la situación peligrosa no la creó ni contribuyó a ella;
(3) que dicha persona podía recurrir a diversos modos de actuar para encarar la emergencia; y
(4) que la actuación o recurso escogido fue la que habría o podría haber decidido una persona de razonable prudencia en la misma situación o una semejante.
10 Ver Wallace v. National Fisheries, Inc., 768 So.2d 17, 18-19 (Fla. 3d DCA 2000) (cita de Scott v. City of Opa Locka, 311 So.2d 825, 826-27 (Fla. 3d DCA 1975) y Cleveland v. City of Miami, 263 So.2d 573 (Fla.1972)).
11 Ver Wallace v. National Fisheries, Inc., 768 So.2d 17 en 19.
12 Ver Wallace v. National Fisheries, Inc., supra (cita de Bellere v. Madsen, 114 So.2d 619, 621 (Fla. 1959)).
13 Id.
14 Id.
15 Ver Wallace v. National Fisheries, Inc., 768 So.2d 17 en 19.
| Oficina Legal de Jaime E. Suarez © 2007. Todos los derechos reservados. |